El médico se ausentó durante 5 años de su trabajo en el hospital San Martín, entre agosto de 2011 y marzo de 2016. Por este motivo, se inició un sumario en su contra que derivó en la suspensión de sus funciones.
A través del Boletín Oficial del 19 de febrero, el Gobierno informó que rechazó un recurso interpuesto por el galeno para anular un decreto de 2019 que lo dejó cesante por haber incurrido en faltas injustificadas a su trabajo en el nosocomio capitalino. En el Boletín, se informa que el 15 de diciembre de 2020, el gobernador Gustavo Bordet y la ministra de Salud, Sonia Velázquez, firmaron el decreto Nº 2249 que rechazó el recurso de revocatoria que interpuso Berlo a través de la abogada María Alicia Temón.
Berlo buscó que se anule el decreto N°742 del Ministerio de Salud, del 12 de abril de 2019, que aprobó y dio por finalizado el sumario administrativo iniciado en 2015, y dispuso la sanción de cesantía, por encontrarse su conducta encuadrada en el artículo 71°, incisos a) y b) de la Ley de Regulación del Empleo Público de Entre Ríos Nº 9.755. El primer inciso contempla la causante de cesantía por inasistencias injustificadas y el segundo por abandono de servicio.
En el decreto de cesantía también se dispuso la intervención del Tribunal de Cuentas para proceder al recupero de tres meses de sueldo –septiembre, octubre y noviembre de 2011- que habría percibido indebidamente Berlo como agente del hospital.
Tras sacar licencia –la cual le fue rechazada- de todas formas comenzó a desempeñarse en el Departamento Médico Forense del Superior Tribunal desde el 29 de agosto de 2011 hasta el 2 de junio de 2015. Dejó el cargo cuando el STJ detectó que era socio gerente de la firma Servicio Integral de Medicina del Trabajo (Simtra) SRL, que desde mayo de 2011 prestaba servicios médicos para la realización de exámenes preocupacionales al Poder Judicial.
Tras ser eyectado de Tribunales, Berlo volvió a presentarse en el Hospital San Martín el 1° de marzo de 2016, cuando fue designado como médico auditor de la Sección Seguros y ART del nosocomio. Esa función la cumplió hasta el 27 de mayo de ese año. Luego continuó en su cargo como médico interno de guardia.
Sin embargo, para entonces en el Ministerio de Salud ya se tramitaba un sumario administrativo por no haberse presentado a trabajar durante cinco años. En 2019 finalmente se decretó la cesantía del galeno.
El médico presentó un recurso para que la medida sea revocada. Esgrimió que sufrió “la violación de los principios constitucionales de defensa en juicio y debido proceso” y la “falta de notificación de los actos procesales del procedimiento sumarial”.
Al responder, el Gobierno sostuvo que “no hay elementos para admitir las afirmaciones que en este sentido vierte en sus agravios el recurrente”. Y remarcó que en el proceso sumarial no hubo irregularidad alguna.
Oficialmente se subrayó que Berlo comenzó una licencia de facto el 30 de agosto de 2011 “con la sola presentación del formulario genérico de licencias, sin instar o al menos esperar la respuesta de la Administración, ya que quedó plenamente acreditado por las opiniones legales referidas, que esta solicitud no es de usufructo inmediato, en especial por las particularidades del cargo que pasó a desempeñar en la Justicia de Entre Ríos”.
“Es decir, se está con un comportamiento de origen irregular, que se prolongó en el tiempo, ya que nunca se lo autorizó al Dr. Berlo a esta licencia y fue fehacientemente anoticiado de su no concesión mediante carta documento del 27 de agosto de 2014, donde se le notificó, que la misma no había sido reconocida y que a pesar que solicitó licencia hasta el 31 de diciembre de 2012, no se presentó a prestar funciones en el nosocomio, intimándoselo a regularizar su situación, bajo apercibimiento de ley en fecha 1º de septiembre de 2014”.
En este sentido, destacaron que “el Dr. Berlo nunca respondió esta intimación y muy por el contrario prosiguió usufructuando la ilegítima licencia. (Además), prestó funciones en el Departamento Médico Forense de ese Superior Tribunal desde el 29/08/2011 hasta el 02/06/2015. Ello demuestra acabadamente que, a pesar de la carta documento descripta, prosiguió con su conducta desaprensiva y negligente”. (Fuente: El Entre Ríos, y Entre Ríos Ahora)
A través del Boletín Oficial del 19 de febrero, el Gobierno informó que rechazó un recurso interpuesto por el galeno para anular un decreto de 2019 que lo dejó cesante por haber incurrido en faltas injustificadas a su trabajo en el nosocomio capitalino. En el Boletín, se informa que el 15 de diciembre de 2020, el gobernador Gustavo Bordet y la ministra de Salud, Sonia Velázquez, firmaron el decreto Nº 2249 que rechazó el recurso de revocatoria que interpuso Berlo a través de la abogada María Alicia Temón.
Berlo buscó que se anule el decreto N°742 del Ministerio de Salud, del 12 de abril de 2019, que aprobó y dio por finalizado el sumario administrativo iniciado en 2015, y dispuso la sanción de cesantía, por encontrarse su conducta encuadrada en el artículo 71°, incisos a) y b) de la Ley de Regulación del Empleo Público de Entre Ríos Nº 9.755. El primer inciso contempla la causante de cesantía por inasistencias injustificadas y el segundo por abandono de servicio.
En el decreto de cesantía también se dispuso la intervención del Tribunal de Cuentas para proceder al recupero de tres meses de sueldo –septiembre, octubre y noviembre de 2011- que habría percibido indebidamente Berlo como agente del hospital.
Los detalles del caso
Según se desprende del decreto difundido oficialmente, Berlo solicitó una licencia por cargo de mayor jerarquía, a partir del 30 de agosto de 2011 y hasta el 31 de diciembre 2012, la que usufructuó “sin acto administrativo alguno que respaldara este pedido”.Tras sacar licencia –la cual le fue rechazada- de todas formas comenzó a desempeñarse en el Departamento Médico Forense del Superior Tribunal desde el 29 de agosto de 2011 hasta el 2 de junio de 2015. Dejó el cargo cuando el STJ detectó que era socio gerente de la firma Servicio Integral de Medicina del Trabajo (Simtra) SRL, que desde mayo de 2011 prestaba servicios médicos para la realización de exámenes preocupacionales al Poder Judicial.
Tras ser eyectado de Tribunales, Berlo volvió a presentarse en el Hospital San Martín el 1° de marzo de 2016, cuando fue designado como médico auditor de la Sección Seguros y ART del nosocomio. Esa función la cumplió hasta el 27 de mayo de ese año. Luego continuó en su cargo como médico interno de guardia.
Sin embargo, para entonces en el Ministerio de Salud ya se tramitaba un sumario administrativo por no haberse presentado a trabajar durante cinco años. En 2019 finalmente se decretó la cesantía del galeno.
El médico presentó un recurso para que la medida sea revocada. Esgrimió que sufrió “la violación de los principios constitucionales de defensa en juicio y debido proceso” y la “falta de notificación de los actos procesales del procedimiento sumarial”.
Al responder, el Gobierno sostuvo que “no hay elementos para admitir las afirmaciones que en este sentido vierte en sus agravios el recurrente”. Y remarcó que en el proceso sumarial no hubo irregularidad alguna.
Oficialmente se subrayó que Berlo comenzó una licencia de facto el 30 de agosto de 2011 “con la sola presentación del formulario genérico de licencias, sin instar o al menos esperar la respuesta de la Administración, ya que quedó plenamente acreditado por las opiniones legales referidas, que esta solicitud no es de usufructo inmediato, en especial por las particularidades del cargo que pasó a desempeñar en la Justicia de Entre Ríos”.
“Es decir, se está con un comportamiento de origen irregular, que se prolongó en el tiempo, ya que nunca se lo autorizó al Dr. Berlo a esta licencia y fue fehacientemente anoticiado de su no concesión mediante carta documento del 27 de agosto de 2014, donde se le notificó, que la misma no había sido reconocida y que a pesar que solicitó licencia hasta el 31 de diciembre de 2012, no se presentó a prestar funciones en el nosocomio, intimándoselo a regularizar su situación, bajo apercibimiento de ley en fecha 1º de septiembre de 2014”.
En este sentido, destacaron que “el Dr. Berlo nunca respondió esta intimación y muy por el contrario prosiguió usufructuando la ilegítima licencia. (Además), prestó funciones en el Departamento Médico Forense de ese Superior Tribunal desde el 29/08/2011 hasta el 02/06/2015. Ello demuestra acabadamente que, a pesar de la carta documento descripta, prosiguió con su conducta desaprensiva y negligente”. (Fuente: El Entre Ríos, y Entre Ríos Ahora)