Condenaron a una mujer que llevó cinco gramos de droga a un preso



CEC, de 43 años, que vive de su trabajo realizando tareas de limpieza en casas de familia, nacida en la localidad de Avellaneda, en Buenos Aires, con instrucción primaria incompleta, reconoció en un juicio abreviado que se realizó ante el Tribunal Oral Federal de Paraná, que intentó ingresar cinco gramos de marihuana en una mochila. El estupefaciente era para un hombre que está privado de la libertad en la Unidad Penal de Gualeguay.

El Tribunal consideró que “conforme las pruebas detalladas que fueran estudiadas y analizadas, más la admisión del facto por los propios imputados, tengo por probado de manera contundente que detentaba el estupefaciente secuestrado y que fuera señalado puntualmente en la imputación, con la finalidad de ser entregado de manera gratuita a un interno detenido en un establecimiento carcelario”.


Causa


En la audiencia, Fiscalía recordó que la causa comenzó a sustanciarse en Gualeguay el 21 de febrero de 2018, cuando la imputada “se hizo presente en la Unidad Penal N°7 Casiano Calderón, siendo aproximadamente las 19.50, con intenciones de entregar una mochila negra que contenía pertenencias a un interno, ocasión en la que personal de la guardia procedió a la inspección de rutina sobre dicho elemento y constató en una costura de la mochila, la presencia de una protuberancia inusual”.

Según sostiene la acusación, “al ser revisada, se detectó una pequeña bolsa de nylon transparente conteniendo una sustancia vegetal desgranada, de la cual emanaba un fuerte olor similar al de la marihuana. A raíz de ello se convocó a personal de Toxicología de la Policía de Entre Ríos, que practicó la prueba de campo, la cual arrojó resultado positivo para dicho estupefaciente, arrojando asimismo un peso total de 5 gramos. Durante la instrucción se verificó que la sustancia se trataba efectivamente de marihuana, con un peso total de 3,855 gramos, un porcentaje de concentración de tetrahidrocannabinol del 4,28%, pudiendo extraerse 47,14 dosis umbrales”.


Calificación

En la audiencia, a la imputada se le recordó la calificación legal del delito que se le atribuyó, consistente en suministro o entrega ocasional de estupefacientes, a título gratuito, para consumo de su destinatario, agravado por haber sido cometido en un lugar de detención de personas, en grado de tentativa, de la Ley 23.737, en calidad de autora.

En el acta para juicio abreviado, celebrada entre el titular de la acción pública y la procesada, se le leyó el hecho que se le imputó y la prueba de cargo, ante lo que aquella expresó su deseo de acogerse al beneficio, acordando aceptar la calificación del delito atribuido. En consecuencia, se acordó que se le imponga la pena de un año de prisión, más las costas del proceso. Además, las partes acordaron la unificación de aquella pena con la pena de cuatro años de prisión, que le fuera impuesta por el Juzgado de Garantías N° 2 de Gualeguay en 2019.


Confesión

El Tribunal consideró probada la materialidad del hecho y la autoría, más allá del reconocimiento libre y voluntario que realizó la imputada, mediante los datos que arrojaron las diferentes fuentes probatorias que permitieron acreditar con certeza el hecho imputado. En este sentido, sostuvo que “ha mediado un acto confesorio de la imputada que reúnen los requisitos de validez, que constituyen un presupuesto de la eficacia probatoria de tal acto, a saber: 1) fue manifestado ante un Juez o Fiscal, 2) de manera personal, 3) plenamente libre, voluntaria y consciente, por quien goza de sanidad mental 4) versó sobre hechos en los que han intervenido personalmente y 5) en un acto procesal válido. Y además su contenido está ratificado por otras fuentes de prueba cargosa”. (Fuente: El Diario). 

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