El Juzgado de Garantías resolvió conceder la suspensión del juicio a prueba (probation) a un hombre de 33 años, acusado de un presunto delito de abuso sexual en perjuicio de una menor de edad con la que convivía, en el marco de una causa que tramita en los tribunales de Villaguay.
Según el
acta de audiencia a la que Diario Villaguay accedió de manera
exclusiva, la resolución fue adoptada el pasado 4 de agosto durante una
audiencia presidida por la jueza Nadia Bendetti, con la intervención de la
fiscal Virginia Dropsi, la defensa técnica del imputado y los representantes de
la querella particular.
El legajo
judicial identifica la causa como “Ramón Javier Zaragoza S/ abuso sexual” y
atribuye al acusado el presunto delito de abuso sexual simple agravado por la
situación de convivencia con una menor, en grado de tentativa, figura prevista
en los artículos 44º y 119º inciso f) del Código Penal.
QUÉ RESOLVIÓ LA
JUSTICIA
Durante la
audiencia, la magistrada dispuso la suspensión del juicio a prueba por el plazo
de dos años, mecanismo previsto en el artículo 76º bis del Código Penal, que
permite suspender el proceso penal bajo determinadas condiciones y reglas de
conducta.
Esta
resolución no implica una absolución ni un juicio de inocencia, sino que
suspende el avance del proceso mientras el imputado cumpla estrictamente las
obligaciones impuestas por la Justicia. En caso de incumplimiento, la probation
puede ser revocada y la causa continuar hacia la instancia de juicio oral.
Entre las
condiciones fijadas por el juzgado, se encuentran:
·
Mantener
un domicilio fijo e informar cualquier cambio dentro de las 48 horas.
·
Abstenerse
de realizar actos molestos o perturbadores, ya sea personalmente o por terceros
y por cualquier medio, respecto de la denunciante y de la niña involucrada.
·
Cumplir
durante seis meses tareas comunitarias, con una carga de seis horas mensuales,
en la institución que determine la Oficina de Prueba,
·
Concretar
un pedido de disculpas dirigido a la víctima, a través de su representante
legal y mediante la intervención de la Oficial de Prueba.
Además, la
Oficina de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Superior Tribunal
de Justicia será la encargada de controlar el cumplimiento de las condiciones
impuestas, debiendo remitir informes bimestrales a la Justicia.
BENEFICIO SUJETO A
ESTRICTAS CONDICIONES
La
suspensión del juicio a prueba es un instituto legal que puede aplicarse en
determinados delitos cuando se reúnen los requisitos previstos por la
legislación vigente y existe conformidad de las partes en los términos
establecidos por la ley.
Durante el
plazo fijado, el imputado deberá cumplir todas las reglas de conducta ordenadas
por la magistrada. Si transcurridos los dos años acredita el cumplimiento
íntegro de las obligaciones impuestas, la acción penal podrá extinguirse
conforme al régimen previsto por el Código Penal. En cambio, si incumple
cualquiera de las condiciones, la Fiscalía podrá solicitar la revocación del
beneficio y el proceso continuará su curso hacia el debate oral.
Por la
naturaleza del hecho investigado y en resguardo de los derechos de la víctima, Diario
Villaguay omite publicar datos que puedan permitir su identificación,
de acuerdo con los principios de protección de niños, niñas y adolescentes y
las buenas prácticas periodísticas.
