La Municipalidad de Villaguay elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para crear un régimen excepcional de regularización tributaria destinado a contribuyentes y responsables de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad que registren diferencias en sus obligaciones fiscales como consecuencia de inconsistencias detectadas en el sistema de liquidación.
La
iniciativa, a la que Diario Villaguay tuvo acceso, fue
girada a la Comisión de Estudios de Legislación General, Presupuesto, Hacienda,
Ciencia, Tecnología y Producción del cuerpo, donde será analizada antes de su
eventual tratamiento en el recinto.
Según se
explica en los fundamentos, durante tareas de control interno y fiscalizaciones
tributarias se detectaron “inconsistencias involuntarias de parametrización en
determinadas alícuotas aplicables” a la tasa, lo que generó diferencias entre
las alícuotas fijadas por las ordenanzas impositivas vigentes y las que fueron
aplicadas por el sistema utilizado para la confección de declaraciones juradas.
El proyecto
remarca que las obligaciones tributarias están determinadas por las ordenanzas
sancionadas por el Concejo Deliberante y que “las inconsistencias técnicas,
operativas o de parametrización” no pueden modificar lo establecido por la
normativa. Sin embargo, también reconoce que los contribuyentes confeccionaron
sus declaraciones utilizando herramientas informáticas provistas y autorizadas
por la propia administración municipal, lo que configura una situación
excepcional.
En ese
sentido, el Ejecutivo sostiene que corresponde adoptar “medidas de regularización
razonables y equitativas”, teniendo en cuenta tanto la responsabilidad del municipio
en la operatoria del sistema como el deber de diligencia que también recae
sobre los contribuyentes al momento de verificar sus obligaciones fiscales.
BENEFICIOS PARA QUIENES
ADHIERAN
La propuesta
establece que el régimen alcanzará únicamente las diferencias de capital
correspondientes a períodos fiscales no prescriptos originadas exclusivamente
por errores de parametrización, además de los intereses, recargos y multas
derivados de esas diferencias.
Quienes
adhieran deberán reconocer expresamente la deuda determinada conforme a la
normativa vigente, renunciar a cualquier reclamo administrativo o judicial
vinculado con esas diferencias y aceptar las condiciones establecidas por la
autoridad de aplicación.
El proyecto
prevé importantes beneficios para incentivar la regularización voluntaria:
. Quienes
cancelen la deuda al contado dentro de los 30 días corridos desde la
notificación podrán acceder a la condonación del 100% de las multas y a una reducción
del 80% de los intereses, recargos y demás accesorios.
. En tanto,
quienes opten por un plan de facilidades de hasta 12 cuotas mensuales podrán
obtener la condonación total de las multas y una reducción del 50% de los
intereses y recargos, siempre que formalicen el convenio dentro del mismo
plazo.
CASOS EXCLUIDOS
La
iniciativa también fija límites al alcance del régimen.
Quedarán
excluidos quienes estén imputados por defraudación tributaria, hayan omitido su
inscripción como contribuyentes, ocultado deliberadamente bases imponibles,
utilizado documentación apócrifa o, habiendo sido intimados, no adhieran al
régimen dentro de los plazos establecidos.
Además, se
establece que el incumplimiento del plan de pagos provocará la caducidad
automática de los beneficios otorgados, tornándose exigibles los intereses,
multas y accesorios que hubieran sido condonados.
En los
fundamentos, el Ejecutivo sostiene que el recupero del capital adeudado
constituye un objetivo prioritario para la Secretaría de Hacienda y considera
que este mecanismo permitirá “garantizar razonabilidad, seguridad jurídica,
equidad tributaria y eficiencia administrativa”, al tiempo que favorecerá la
regularización voluntaria y reducirá la litigiosidad.
Durante la
sesión, el cuerpo deliberativo resolvió remitir el expediente comisiones, donde
comenzará el análisis del proyecto antes de su eventual tratamiento y votación
en el recinto.