PLANTA ASFÁLTICA: LA OPOSICIÓN PIDE INFORMES SOBRE LA COMPRA, EL IMPACTO AMBIENTAL Y LOS PAGOS

Un grupo de ediles presentó en el Concejo Deliberante de Villaguay un pedido de informes dirigido al Departamento Ejecutivo Municipal para solicitar documentación y precisiones relacionadas con la adquisición de una planta asfáltica modelo VORTEX 500 M, adjudicada el 23 de junio a la firma LUCAAL SRL, por un monto de USD 565.900.

Diario Villaguay tuvo acceso al contenido del documento, presentado en los términos del artículo 95º, inciso K, de la Ley Orgánica de Municipios Nº 10.027.

Según se expresa en los fundamentos, los concejales señalan que tomaron conocimiento público de la adjudicación y plantean que existe “preocupación manifestada por los vecinos e industrias del Parque Industrial” en relación con el eventual impacto ambiental de la instalación. En ese marco, sostienen que consideran necesario contar con información “técnica y administrativa precisa” antes de que se concreten los pagos restantes que, de acuerdo con la presentación, estarían previstos para el 23 de agosto y el 23 de septiembre de 2026.

Uno de los principales ejes del planteo está relacionado con las características ambientales de la actividad. El documento afirma que la producción de mezcla asfáltica en caliente está catalogada como “Actividad de Alto Impacto Ambiental Valor 3” por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. A partir de ello, los autores del pedido advierten sobre la necesidad de conocer qué sistemas de tratamiento de emisiones contempla específicamente el equipamiento adquirido. Entre los argumentos de la presentación, se menciona que la eventual ausencia de sistemas para el tratamiento de gases y olores podría generar conflictos con industrias alimenticias habilitadas por SENASA. Se trata de una consideración expresada por los concejales en los fundamentos del pedido.

QUÉ INFORMACIÓN SOLICITAN AL EJECUTIVO

El pedido requiere que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, remita información y documentación sobre distintos aspectos de la compra, las características de la planta y su eventual instalación.

1. Pliego y contratación: solicitan copia íntegra del pliego de bases y condiciones, la orden de compra y el contrato suscripto con LUCAAL SRL para la adquisición de la planta VORTEX 500 M. También piden que se detalle el procedimiento de selección utilizado.

2. Especificaciones técnicas: requieren las fichas técnicas oficiales del fabricante donde conste el equipamiento de la planta adjudicada. Además, solicitan que se informe expresamente si cuenta con sistema de Oxidante Térmico Regenerativo (RTO), condensador de humo azul u otro sistema similar para el tratamiento de Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs), Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAPs) y olores. En caso de que estos sistemas no estén incluidos, piden conocer si fueron cotizados como opcionales y cuál es su costo.

3. Estudio de impacto ambiental: solicitan una copia completa del Estudio de Impacto Ambiental y Social aprobado por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. El pedido plantea que dicho estudio debería contener un capítulo específico sobre “Impacto sinérgico” en relación con las industrias alimenticias radicadas en el Parque Industrial, además de un plan de monitoreo de emisiones gaseosas.

4. Ubicación y distancias: piden que se informe la ubicación exacta prevista para la instalación de la planta dentro del Parque Industrial y que se adjunte el plano de mensura. También solicitan que se detallen las distancias lineales hasta la industria de elaboración de alimentos más cercana, el barrio residencial más próximo y una escuela o centro de salud.

5. Habilitaciones y factibilidades: requieren copias de las factibilidades y/o habilitaciones otorgadas por la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, SENASA y Bromatología respecto de la compatibilidad con las industrias alimenticias del Parque Industrial. También solicitan el informe de prefactibilidad de uso de suelo.

6. Antecedentes comparados: solicitan saber si se pidieron antecedentes sobre el funcionamiento de plantas idénticas en Diamante y Gualeguaychú. En caso afirmativo, requieren detalles sobre la existencia de reclamos registrados por vecinos o industrias de esas ciudades vinculados con emisiones u olores.

7. Estado económico-financiero: finalmente, solicitan a través de la Secretaría de Hacienda que se informe el monto total abonado hasta la fecha de presentación a LUCAAL SRL; el saldo pendiente y sus vencimientos previstos para el 23 de agosto y el 23 de septiembre de 2026; la partida presupuestaria afectada y su disponibilidad; y si existe alguna cláusula contractual que permita suspender pagos ante observaciones técnicas o ambientales.

El documento concluye fundamentando el pedido en la función de control que corresponde al Concejo y en la necesidad, según plantean sus autores, de contar con la información solicitada antes de que se produzcan los próximos desembolsos vinculados con la adquisición de la planta.

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