PRORROGAN LA PRISIÓN PREVENTIVA DE LUIS ZALAZAR Y FIJAN FECHA PARA LA AUDIENCIA DE REMISIÓN A JUICIO


La Justicia de Villaguay resolvió prorrogar por 31 días más la prisión preventiva de Luis Abiel Zalazar, el joven de 27 años imputado en la causa por homicidio culposo iniciada a raíz del choque fatal ocurrido el pasado 20 de enero en esta ciudad.

La decisión fue adoptada durante una audiencia realizada el pasado 19 de agosto de 2026, en el marco del legajo Nº 20/2026, caratulado “Zalazar, Luis Abiel S/ Homicidio culposo”, con la intervención de la jueza de Garantías, Nadia Benedetti.

Diario Villaguay tuvo acceso al acta de la audiencia, documento del que se desprenden los principales detalles de la nueva resolución judicial. Según consta allí, durante la audiencia fueron oídas las partes y, posteriormente, la magistrada resolvió decretar la prórroga de la prisión preventiva de Zalazar por el término de 31 días, contados desde el 19 de agosto.

De esta manera, el imputado debe continuar alojado en la Unidad Penal Nº 7 de la ciudad de Gualeguay, donde permanece privado de su libertad.

En la audiencia intervinieron, además de la jueza Benedetti, el fiscal Mauro Quirolo, la defensora Luciana Parravicini y el querellante particular Guillermo Castrillón Rebozzio, según surge de la documentación judicial a la que accedió este medio.

Uno de los datos centrales que surge de esta nueva instancia es que la Justicia resolvió fijar la audiencia de remisión de la causa a juicio. La Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) estableció como fecha para esa instancia el 18 de septiembre a las 10 de la mañana en los tribunales de Villaguay.

QUÉ IMPLICA LA ACUSACIÓN POR HOMICIDIO CULPOSO

La imputación de homicidio culposo refiere a aquellos casos en los que una persona causa la muerte de otra como consecuencia de una conducta imprudente, negligente o antirreglamentaria, sin que exista una intención de provocar ese resultado.

En los hechos vinculados con la conducción de vehículos, el Código Penal argentino contempla específicamente esta figura en su artículo 84 bis.

La norma establece una pena de dos a cinco años de prisión, además de una posible inhabilitación especial para conducir de cinco a diez años, para quien cause la muerte de otra persona mediante la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor.

La escala puede elevarse a tres a seis años de prisión si se presentan determinadas circunstancias agravantes previstas por la propia norma.

UN CASO QUE CONMOCIONÓ A VILLAGUAY

El expediente judicial tiene su origen en el trágico episodio ocurrido durante el verano, en la intersección de las calles Pedro Goyena y Almeida, en Villaguay. De acuerdo con la reconstrucción que trascendió públicamente durante los primeros días de la investigación, Zalazar conducía un Fiat Mobi y se encontraba involucrado en una persecución que tenía como protagonistas a una adolescente de 17 años, quien circulaba en una motocicleta junto a un joven de 25 años.

La secuencia terminó en un choque múltiple, en el que también intervino un Renault 12. Como consecuencia del fuerte impacto, falleció en el lugar Roque Elesio Garay, un vecino de 74 años que viajaba a bordo de ese vehículo.

La causa, identificada como legajo Nº 20/2026, continúa así su curso judicial, con Zalazar bajo prisión preventiva y una audiencia de remisión a juicio ya fijada septiembre.

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