El Concejo Deliberante de Villaguay rechazó por unanimidad de los presentes un proyecto del Departamento Ejecutivo Municipal que proponía crear un régimen excepcional de regularización tributaria para contribuyentes alcanzados por diferencias en las liquidaciones de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.
La decisión
se tomó durante la última sesión ordinaria del cuerpo, realizada el jueves
pasado. Diario Villaguay tuvo acceso al proyecto y al despacho
elaborado por la Comisión de Legislación General, Presupuesto y Hacienda, que
fundamentó el rechazo de la iniciativa.
El
expediente tiene como punto de partida diferencias detectadas en obligaciones
tributarias de determinados contribuyentes. Según surge del propio proyecto
elevado por el Ejecutivo, esas diferencias tuvieron su origen en una “inconsistencia
involuntaria de parametrización de las alícuotas en los sistemas municipales de
liquidación”.
Es decir, el
origen señalado en el expediente está relacionado con la configuración de los
sistemas utilizados para efectuar las liquidaciones municipales.
QUÉ PLANTEABA EL
PROYECTO
Frente a
esas diferencias, el Ejecutivo propuso establecer un régimen excepcional para
los contribuyentes y responsables alcanzados por la situación.
De acuerdo
con el análisis realizado por la comisión, el régimen contemplaba la aplicación
de intereses, recargos y demás accesorios, aunque establecía reducciones y
condonaciones condicionadas a la adhesión voluntaria.
Pero además,
la propuesta establecía determinadas condiciones para quienes adhirieran al
régimen. Entre ellas, el reconocimiento expreso de la obligación y la renuncia
a acciones o reclamos administrativos y/o judiciales vinculados con las
diferencias alcanzadas.
Es
justamente sobre esas características que la comisión puso el foco al evaluar
la iniciativa.
LA POSTURA DE LA
COMISIÓN
En su
despacho, la Comisión de Legislación General, Presupuesto y Hacienda consideró
necesario diferenciar entre la obligación tributaria establecida legalmente y
las consecuencias derivadas de un error producido en los sistemas municipales
de liquidación.
El texto
señala que los contribuyentes confeccionaron sus declaraciones juradas mediante
“herramientas provistas y autorizadas por la propia administración municipal”.
A partir de
esa circunstancia, la comisión sostuvo que, si bien los contribuyentes tienen
el deber de conocer y cumplir la normativa tributaria vigente, no resultaba
razonable atribuirles responsabilidad por el origen de una diferencia generada
por una incorrecta parametrización del sistema municipal.
El despacho
lo expresa de la siguiente manera: “No resulta razonable atribuir la
responsabilidad por el origen de una diferencia que fue generada por una
incorrecta parametrización del sistema municipal”.
Los
concejales también analizaron qué ocurre con aquellos contribuyentes que no
hubieran advertido o comunicado oportunamente la inconsistencia.
Sobre este
punto, el despacho sostiene que esa circunstancia “no puede equipararse a una
conducta de incumplimiento deliberado” y que tampoco resulta suficiente para
trasladarles las consecuencias económicas derivadas de un error administrativo.
EL RECHAZO AL RÉGIMEN
Con esos
fundamentos, la comisión concluyó que el régimen propuesto por el Ejecutivo “no
resulta adecuado en los términos en que ha sido elevado” y aconsejó al pleno
del Concejo Deliberante rechazarlo.
El despacho
finalmente propuso: “Rechazar el proyecto de ordenanza elevado por el
Departamento Ejecutivo Municipal no otorgándose la creación de un régimen
excepcional de regularización tributaria para contribuyentes y responsables de
la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad”.
Por lo
tanto, lo aprobado por el Concejo no fue un nuevo régimen de regularización ni
una condonación de las diferencias tributarias, sino el rechazo del proyecto
que pretendía establecer ese mecanismo.
UNANIMIDAD DE LOS
PRESENTES
El despacho
correspondía al expediente interno Nº 1250/2026, referido al proyecto elevado
por el Ejecutivo e ingresado al Concejo Deliberante el 25 de junio de 2026.
Durante la
sesión, el despacho fue puesto a votación y resultó aprobado por unanimidad de
los presentes.
El decreto
aprobado dispone además comunicar la decisión a las áreas municipales con
competencia en la materia, entre ellas la Dirección de Rentas y la Oficina de
Comercio.
De este
modo, el Concejo Deliberante resolvió no avanzar con el régimen excepcional
propuesto por el Ejecutivo, principalmente a partir de la consideración de que
las diferencias que dieron origen a la iniciativa se vincularon, según surge
del expediente, con una inconsistencia involuntaria en la parametrización de
los sistemas municipales de liquidación.
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