EL HCD RECHAZÓ RÉGIMEN PARA REGULARIZAR DIFERENCIAS TRIBUTARIAS ORIGINADAS POR ERROR DE SISTEMA

El Concejo Deliberante de Villaguay rechazó por unanimidad de los presentes un proyecto del Departamento Ejecutivo Municipal que proponía crear un régimen excepcional de regularización tributaria para contribuyentes alcanzados por diferencias en las liquidaciones de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.

La decisión se tomó durante la última sesión ordinaria del cuerpo, realizada el jueves pasado. Diario Villaguay tuvo acceso al proyecto y al despacho elaborado por la Comisión de Legislación General, Presupuesto y Hacienda, que fundamentó el rechazo de la iniciativa.

El expediente tiene como punto de partida diferencias detectadas en obligaciones tributarias de determinados contribuyentes. Según surge del propio proyecto elevado por el Ejecutivo, esas diferencias tuvieron su origen en una “inconsistencia involuntaria de parametrización de las alícuotas en los sistemas municipales de liquidación”.

Es decir, el origen señalado en el expediente está relacionado con la configuración de los sistemas utilizados para efectuar las liquidaciones municipales.

QUÉ PLANTEABA EL PROYECTO

Frente a esas diferencias, el Ejecutivo propuso establecer un régimen excepcional para los contribuyentes y responsables alcanzados por la situación.

De acuerdo con el análisis realizado por la comisión, el régimen contemplaba la aplicación de intereses, recargos y demás accesorios, aunque establecía reducciones y condonaciones condicionadas a la adhesión voluntaria.

Pero además, la propuesta establecía determinadas condiciones para quienes adhirieran al régimen. Entre ellas, el reconocimiento expreso de la obligación y la renuncia a acciones o reclamos administrativos y/o judiciales vinculados con las diferencias alcanzadas.

Es justamente sobre esas características que la comisión puso el foco al evaluar la iniciativa.

LA POSTURA DE LA COMISIÓN

En su despacho, la Comisión de Legislación General, Presupuesto y Hacienda consideró necesario diferenciar entre la obligación tributaria establecida legalmente y las consecuencias derivadas de un error producido en los sistemas municipales de liquidación.

El texto señala que los contribuyentes confeccionaron sus declaraciones juradas mediante “herramientas provistas y autorizadas por la propia administración municipal”.

A partir de esa circunstancia, la comisión sostuvo que, si bien los contribuyentes tienen el deber de conocer y cumplir la normativa tributaria vigente, no resultaba razonable atribuirles responsabilidad por el origen de una diferencia generada por una incorrecta parametrización del sistema municipal.

El despacho lo expresa de la siguiente manera: “No resulta razonable atribuir la responsabilidad por el origen de una diferencia que fue generada por una incorrecta parametrización del sistema municipal”.

Los concejales también analizaron qué ocurre con aquellos contribuyentes que no hubieran advertido o comunicado oportunamente la inconsistencia.

Sobre este punto, el despacho sostiene que esa circunstancia “no puede equipararse a una conducta de incumplimiento deliberado” y que tampoco resulta suficiente para trasladarles las consecuencias económicas derivadas de un error administrativo.

EL RECHAZO AL RÉGIMEN

Con esos fundamentos, la comisión concluyó que el régimen propuesto por el Ejecutivo “no resulta adecuado en los términos en que ha sido elevado” y aconsejó al pleno del Concejo Deliberante rechazarlo.

El despacho finalmente propuso: “Rechazar el proyecto de ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal no otorgándose la creación de un régimen excepcional de regularización tributaria para contribuyentes y responsables de la Tasa de Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad”.

Por lo tanto, lo aprobado por el Concejo no fue un nuevo régimen de regularización ni una condonación de las diferencias tributarias, sino el rechazo del proyecto que pretendía establecer ese mecanismo.

UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES

El despacho correspondía al expediente interno Nº 1250/2026, referido al proyecto elevado por el Ejecutivo e ingresado al Concejo Deliberante el 25 de junio de 2026.

Durante la sesión, el despacho fue puesto a votación y resultó aprobado por unanimidad de los presentes.

El decreto aprobado dispone además comunicar la decisión a las áreas municipales con competencia en la materia, entre ellas la Dirección de Rentas y la Oficina de Comercio.

De este modo, el Concejo Deliberante resolvió no avanzar con el régimen excepcional propuesto por el Ejecutivo, principalmente a partir de la consideración de que las diferencias que dieron origen a la iniciativa se vincularon, según surge del expediente, con una inconsistencia involuntaria en la parametrización de los sistemas municipales de liquidación.

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