Un hombre de 27 años, domiciliado en la zona rural de Paso de la Laguna, fue condenado en el marco de una causa por violencia de género, lesiones y amenazas contra quien era su pareja.
Según pudo
saber Diario Villaguay, que tuvo acceso a la resolución, P.J.G. fue
condenado mediante un convenio de juicio abreviado, una modalidad prevista en
el Código Procesal Penal que permite evitar un juicio oral cuando el acusado
reconoce los hechos y acuerda una pena con la Fiscalía y la defensa.
El imputado
fue condenado a dos años y dos meses de prisión de cumplimiento condicional por
ser considerado autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la
relación de pareja y por mediar violencia de género, en dos hechos, además de
amenazas agravadas por el uso de arma y amenazas simples. La pena es de
cumplimiento condicional, lo que significa que no irá a prisión siempre y
cuando cumpla las condiciones impuestas.
Entre las
reglas de conducta establecidas por el plazo de tres años, se le prohibió
ejercer actos molestos o perturbadores hacia la víctima, con quien mantenía una
relación de pareja. Además, debe fijar y mantener domicilio en la zona de Paso
de la Laguna y no podrá modificarlo sin comunicar previamente a la Justicia.
También tendrá que asistir a un taller sobre masculinidades que se dicta en el Centro
de Protección a Mujeres en situación de violencia “La Delfina” y realizar
tareas comunitarias durante tres horas mensuales en un lugar que determinará la
oficina de Prueba de la jurisdicción.
La
resolución judicial ordenó además comunicar la condena a distintos organismos
oficiales, entre ellos la Jefatura de Policía, el Registro Nacional de
Reincidencia, el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de
Violencia (REJUCAV) y el Área de Antecedentes Judiciales del Superior
Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Asimismo, se
dispuso la notificación a la Oficina de la Mujer del Centro Judicial de Género
“Doctora Carmen Argibay” del máximo tribunal provincial para la incorporación
del caso en los registros vinculados a jurisprudencia con perspectiva de
género.
La
resolución fue dictada por la jueza de Garantías, Nadia Benedetti, con
intervención de la fiscal Virginia Dropsi y la defensora oficial Luciana
Parravicini.
