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El encuentro virtual tuvo la participación de representantes de colectividades de Entre Ríos y el resto del país. |
La norma declara "integrantes del Patrimonio Cultural a las colectividades radicadas en la provincia" y define el término "colectividad" como "toda asociación registrada y reconocida en forma legal que posee identidad propia, sentido de pertenencia y costumbres compartidas, ya sea por su origen, ascendencia, cultura, nacionalidad o religión".
En ese marco, la ley declara la "inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles que funcionen como sedes sociales y sean de propiedad de la Asociación debidamente registrada".
En ese marco, la ley declara la "inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles que funcionen como sedes sociales y sean de propiedad de la Asociación debidamente registrada".
Tal beneficio, sin embargo, no rige para "los créditos que surjan de impuestos, tasas y contribuciones de mejoras que graven directamente el inmueble objeto del embargo o tarifas de servicios públicos prestados al mismo, hipotecas constituidas sobre el inmueble embargado, construcciones o refacciones realizadas en el mismo inmueble o expensas de administración y reparación".
La ley también establece que "el Poder Ejecutivo tiene a su cargo la planificación y ejecución de políticas públicas tendientes a atender los requerimientos de las colectividades".
Finalmente, prevé que deben considerarse las siguientes pautas para la planificación y ejecución de las políticas públicas:
* Puesta en valor del acervo cultural de las colectividades, generando espacios para que los inmigrantes compartan su cultura.
* Generación de herramientas para el desarrollo, sostenimiento y fortalecimiento de sus bases históricas.
* Integración de las diversas colectividades a los festejos provinciales y patrios argentinos.
* Defensa del pluralismo, la diversidad y el valor de la multiculturalidad como factor determinante en la identidad provincial y nacional.
* Fomento de encuentros entre las instituciones para la difusión e interrelación de las distintas culturas y colectividades.
* Difusión de proyectos y programas de trabajo conjunto con organismos internacionales y la sociedad civil.
* Promoción de información relacionada con los derechos de los inmigrantes en la República Argentina y en la provincia de Entre Ríos.
La ley también establece que "el Poder Ejecutivo tiene a su cargo la planificación y ejecución de políticas públicas tendientes a atender los requerimientos de las colectividades".
Finalmente, prevé que deben considerarse las siguientes pautas para la planificación y ejecución de las políticas públicas:
* Puesta en valor del acervo cultural de las colectividades, generando espacios para que los inmigrantes compartan su cultura.
* Generación de herramientas para el desarrollo, sostenimiento y fortalecimiento de sus bases históricas.
* Integración de las diversas colectividades a los festejos provinciales y patrios argentinos.
* Defensa del pluralismo, la diversidad y el valor de la multiculturalidad como factor determinante en la identidad provincial y nacional.
* Fomento de encuentros entre las instituciones para la difusión e interrelación de las distintas culturas y colectividades.
* Difusión de proyectos y programas de trabajo conjunto con organismos internacionales y la sociedad civil.
* Promoción de información relacionada con los derechos de los inmigrantes en la República Argentina y en la provincia de Entre Ríos.
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La Ministra de Gobierno, Rosario Romero, y otras autoridades intervinieron en la presentación de la ley. |